I-Premios Ekieraikin 2020

El Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Gipuzkoa y Álava, junto con la y Dirección Planificación y Procesos Operativos de Vivienda, Dpto. Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco impulsan la creación de los Premios Ekierakin, con el objetivo de contribuir en la reducción de las emisiones que se producen en los edificios que gestionan los Administradores de Fincas, y que como sector difuso contribuyen al Cambio Climático.

A lo largo de los últimos treinta años, se ha ido consolidando progresivamente el consenso científico en torno a lo que se denomina el “origen antropogénico del calentamiento global del planeta”. Es decir, la comunidad científica ha llegado a la conclusión de que la actividad humana es responsable del aumento de la temperatura de la Tierra a través de las emisiones de los denominados “gases de efecto invernadero” (GEI); principalmente, CO2, metano y ozono troposférico.

En el año 2014, el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC, por sus siglas en inglés) hacía público su último Informe de Evaluación, el quinto desde su constitución. En el mismo se ponía de manifiesto que el cambio del sistema climático es inequívoco y que es sumamente probable que la causa principal sea las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI).

Todo esto ha llevado a la firma de sucesivos acuerdos internacionales sobre cambio climático, auspiciados por Naciones Unidas. Tras el punto de partida de Río de Janeiro con la “Convenio Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático”, el más relevante fue el de Kioto, de 1997, pero sin duda es el último de ellos, el Acuerdo de París firmado en diciembre de 2015, el que ha marcado un punto de inflexión en la agenda medioambiental de la comunidad internacional. 

El principal objetivo del Acuerdo de París es mantener el aumento de la temperatura global muy por debajo de 2ºC respecto de los niveles existentes antes de la revolución industrial, realizando esfuerzos para limitarlo a 1,5ºC. Y para ello, los países firmantes del Acuerdo se comprometen a fijar un objetivo concreto en materia de reducción de emisiones de GEI.

La Unión Europea se ha propuesto reducir los niveles de emisiones en 2050 en un 80-95% respecto de los existentes en 1990, tal como recoge en el documento “Hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica competitiva en 2050”.

El esfuerzo para lograr una “descarbonización de la economía” es colosal y requiere de cambios en las estrategias y comportamientos por parte de todos los agentes: ciudadanos, actores económicos y gobiernos. Ello ha dado lugar al debate sobre la denominada “Transición Energética”, esto es, cómo se puede abordar el reto de transitar hacia una economía que apenas emita CO2.

El sector residencial es un sector clave en el contexto energético nacional y comunitario actual debido a la importancia que reviste su demanda energética, que en términos de consumo total y de consumo eléctrico asciende respectivamente a un 17% y 25% a nivel nacional, y al 25% y 29% a nivel de la UE27. El consumo medio de los hogares emplazados en la zona Cantábrica es de 10.331 kWh al año (Fuente Proyecto Sech-Spahousec 2016)

El sector residencial está conformado en la Comunidad Autónoma Vasca por 202.175 edificios. En el Territorio Histórico de Gipuzkoa son 65.612 edificios, en Álava ascienden a 46.433 y en el Territorio Histórico de Bizkaia son 90.130 edificios. (Fuente Eustat).

1.- La imperiosa necesidad de que se emprendan acciones decisivas con las que abordar el cambio climático, y reducir las emisiones de gases con efecto invernadero.

2.- El papel fundamental que desempeña la eficiencia energética y el impulso de las energías renovables a la hora de mitigar las emisiones que aceleran el cambio climático.

3.- En el marco de la Ley de Propiedad Horizontal, artículo 20, nos reconoce como actores clave en el rol de asesorar a las Comunidades de Propietarios que administramos.

El papel de los administradores de fincas en la toma de decisiones en la gestión del edificio es clave para afrontar la nueva dimensión ambiental. La reducción del uso de energía va a ser una necesidad que, hoy, ya debe ser una opción estratégica.

4.- Que incluimos la dimensión ambiental como un nuevo ámbito de gestión en nuestro rol de Administradores de Fincas, en el que la Eficiencia Energética será un ámbito de intervención prioritario.

5.- Que la gestión eficiente de la energía es una oportunidad de ahorro para las economías comunitarias que administramos y, a su vez, un avance significativo en nuestro quehacer profesional.

El Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Gipuzkoa y Álava (CAFGUIAL), es la entidad convocante de los Premios Ekieraikin.

 

CAFGUIAL, es una Corporación de Derecho Público, amparada por la ley y reconocida por la Comunidad autónoma del País Vasco y por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de nuestros fines, tanto públicos como privados.

 

Son fines esenciales de nuestro Colegio la ordenación del ejercicio de la profesión, la representación de la misma, la defensa de los intereses profesionales de los colegiados, la exigencia de las normas deontológicas en el ejercicio de la profesión, la actuación disciplinaria a que hubiere lugar y, en general, la más adecuada prestación de la actividad profesional, coordinando los intereses de este Colegio y sus Colegiados con el posible servicio a la Sociedad, promoviendo la constante mejora de la calidad de las prestaciones profesionales de los Colegiados a través de una FORMACIÓN CONTINUA.

Los objetivos de éste proyecto están alineados con los objetivos del proyecto Ekieraikin.

Además, fijamos los siguientes:

  1. Incentivar, y reconocer públicamente la labor, y el compromiso de los Administradores de Fincas en el ejercicio de su rol, impulsando el Ahorro y la Eficiencia Energética, contribuyendo en la mitigación de emisiones GEIs.
  2. Reconocimiento Público a las Comunidades de Propietarios en su compromiso con el Ahorro y la Eficiencia Energética y la mitigación de emisiones que contribuyen al Cambio Climático.
  3. Visualizar públicamente “las Buenas Prácticas” de proyectos que promuevan el ahorro y la Eficiencia Energética en el ámbito residencial.
  4. Coadyuvar con las Instituciones Públicas para reducir las emisiones GEIs, en las estrategias de mitigación y adaptación al Cambio Climático.
  5. Impulsar la cultura de la Planificación del Ahorro y la Eficiencia Energética en el rol de los Administradores de Fincas colegiados, incentivando el hábito de la utilización de las herramientas de diagnóstico energético del edificio, también llamada Auditorías Energéticas o Diagnósticos Energéticos.

Estos premios se guiarán, con carácter general, por un régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

Los solicitantes serán Administradores de Fincas que estén legalmente constituidos y colegiados en los Territorios Históricos de Gipuzkoa-Álava, y Bizkaia.

Adicionalmente, deberán cumplir con los requisitos establecidos, en su caso, en cada convocatoria. No podrán obtener la condición de premiadas las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Apartado 2:

a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.

b) Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

d) Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.

e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente.

f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

g) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.

h) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a ésta, u otras leyes que así lo establezcan.

Apartado 3:

Tampoco podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las asociaciones respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.

Coorganización

Colegio Administradores de Fincas (CAFGUIAL) y Dirección Planificación y Procesos Operativos de Vivienda. Dpto. Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco